2/Al Báqarah-234: Las viudas que dejéis deben esperar cuatro meses y diez días; pasado ese tiempo, no seréis ya responsables de lo que ellas dispongan de sí mismas conforme al uso. Alá está bien informado de lo que hacéis.
2/Al Báqarah-235: No hacéis mal en proponer a tales mujeres casaros con ellas o en ocultarles vuestra intención de hacerlo. Alá sabe que pensaréis en ellas. Pero ¡no les prometáis nada en secreto! ¡Habladas, más bien, como se debe! ¡Y no decidáis concluir el matrimonio hasta que se cumpla el período prescrito de espera! ¡Sabed que Alá conoce lo que hay en vuestras mentes, de modo que cuidado con Él! Pero sabed que Alá es indulgente, benigno.
2/Al Báqarah-236: .No hacéis mal en repudiar a vuestras mujeres mientras aún no las hayáis tocado o asignado dote. Proveedles, no obstante, como se debe, el acomodado según sus posibilidades y el pobre según las suyas. Esto constituye un deber para quienes hacen el bien.
2/Al Báqarah-237: Y, si las repudiáis antes de tocarlas y luego de haberles asignado dote, pagadles la mitad de lo asignado, a menos que ellas o aquél en cuya mano esté la conclusión del matrimonio renuncien a ello. La renuncia es más conforme al temor de Alá. No os olvidéis de mostraros generosos unos con otros. Alá ve bien lo que hacéis.